El Consejo General del Poder Judicial estudia la publicación de unas tablas orientadoras para fijar alimentos de hijos dependientes en los casos de procesos de nulidad, separación o divorcio, en función de las presuntas necesidades de los menores, el número de hijos a alimentar, y el volumen de ingresos netos de cada uno de los progenitores; las tablas contemplan, además, un factor de corrección en función de la Comunidad Autónoma donde vivan los menores y el número de habitantes de la población en la que radique.
En dichas tablas no se contemplan los gastos derivados de vivienda y educación de los menores, los cuales deberán ponderarse de manera independiente por los propios Jueces de Familia.
A título de ejemplo, las necesidades o costo mensual de un hijo, cuyo padre obtenga una remuneración neta de 2.000 euros al mes, y la madre de 800 euros, será de 409 euros mes, y el padre no custodio tendrá que abonar mensualmente para cubrir dicho costo la cantidad de 292 euros, a lo que habrá que añadir la cantidad que corresponda para la cobertura de los costes de vivienda y educación.
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