La Audiencia Provincial de Burgos, Sección 2ª, en sentencia de fecha 10 de junio de 2.013, estima que hay cesión inconsentida cuando el arrendatario introduce en el objeto arrendado a un tercero que participa total o conjuntamente con dicho arrendatario en los beneficios del negocio, sin que exista por parte del arrendador consentimiento expreso o tácito a tal cesión, no debiendo confundirse el hecho del conocimiento con el consentimiento.
RESOLUCIÓN DE ARRENDAMIENTO POR CESIÓN INCONSENTIDA
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2013-07-05T10:15:43+00:00
5 julio, 2013|Categorías: Sin categoría|Comentarios desactivados en RESOLUCIÓN DE ARRENDAMIENTO POR CESIÓN INCONSENTIDA
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