El Juzgado de Primera Instancia nº7 de Santander ha rechazado la demanda presentada por una familia contra Liberbank a quien reclamaba 541.000 euros, el importe total de la veintena de suscripciones de preferentes y subordinadas que sus miembros realizaron entre 2004 y 2011. El juez no aprecia error y falta de consentimiento por parte de los cuatro miembros de esta familia a la hora de suscribir esos contratos. Se trata de un matrimonio y sus dos hijas, quienes, durante un periodo de siete años, realizaron diversas contrataciones de preferentes y subordinadas conjuntamente, por parejas o de forma individual.
La sentencia entiende que «no está justificada la falta de información precisa, correcta y adecuada acerca de las características de los productos bancarios contratados» ya que, tal y como señala la resolución, esta familia contrató durante un periodo de diez años hasta 55 productos financieros distintos.
«Estamos ante unos demandantes con claro perfil inversor», señala el juez, quien considera que «todos ellos tienen una amplia experiencia en la contratación de distintos productos bancarios, que van de depósitos a plazo fijo o cuentas corrientes, a fondos de inversión, pasando por la compraventa de acciones, planes de pensiones o depósitos de valores en distintas entidades bancarias».
Califica el magistrado como «frenética» la actividad bancaria de esta familia que, «a lo largo de varios años mueve importantes cantidades de dinero en bolsa, comprando y vendiendo acciones, con inequívoco conocimiento de su naturaleza y del riesgo de volatilidad que ello implica».
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