La reciente Sentencia del T.S. en pleno, de fecha 18 de abril de 2.013 casa la sentencia recurrida y estima la demanda interpuesta por un matrimonio inversor contra el BBVA, considerando que la Entidad Financiera no ha suministrado a los inversores una información completa y clara, ni ha actuado de buena fe cuando en el contrato existe una contradicción evidente entre la respuesta que da el inversor cuando se le pregunta por su perfil de riesgo y la elección de los valores en que se puede invertir. Los demandantes optaron por un perfil de riesgo muy bajo, el más conservador de los cinco posibles, y si la empleada del Banco que les atendió marcó a continuación, y tras preguntar a los clientes, en las casillas que posibilitan invertir en valores de riesgo elevado, es evidente que existe una contradicción no explicada ni resuelta; no es coherente el perfil inversor con las operaciones que se realizaron, y tan palmaria incoherencia no ha sido justificada.
MÁS SOBRE PARTICIPACIONES PREFERENTES
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2017-07-21T17:11:52+00:00
11 julio, 2013|Categorías: Consumidores y usuarios|Tags: participaciones preferentes|Comentarios desactivados en MÁS SOBRE PARTICIPACIONES PREFERENTES
Comentarios recientes