El día 27 de junio ha entrado en vigor esta nueva Ley que impone, entre otras muchas medidas, la necesidad de elaborar un informe de evaluación de los edificios, a partir de aquellos residenciales con una antigüedad superior a los cincuenta años, y que  modifica parcialmente preceptos de varias leyes, destacando especialmente la modificación y supresión de algunos arts. de la ley de Propiedad Horizontal; así, se suprimen los arts. 8, 11 y 12, y se modifica sustancialmente el régimen de mayorías necesarias para la adopción de determinados acuerdos relacionados fundamentalmente con la accesibilidad, instalación de nuevos servicios comunes, nuevas tecnologías, etc.