La Sentencia del T.S., Sala 1ª, de 7 de marzo de 2.013 ordena a los nuevos propietarios de un piso la retirada de un aparato de aire acondicionado instalado en la fachada del edificio, al acreditarse que la Comunidad de Propietarios había adoptado anteriormente el acuerdo de prohibir la colocación de tales aparatos, y que los nuevos propietarios conocían tal acuerdo previo.
INSTALACIÓN DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO EN FACHADAS DEL EDIFICIO
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2013-07-05T10:08:39+00:00
5 julio, 2013|Categorías: Propiedad Horizontal|Comentarios desactivados en INSTALACIÓN DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO EN FACHADAS DEL EDIFICIO
Acerca del autor: Fernando Aztaraín Fernández
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