El T.S. en pleno en sentencia de fecha 13 de enero de 2015, reitera la doctrina de que el enriquecimiento injusto solo podría advertirse cuando, tras la adjudicación en subasta y en un lapso de tiempo relativamente próximo, el acreedor hubiera obtenido una plusvalía muy relevante, pues este hecho mostraría que el crédito debía haberse tenido por satisfecho en una proporción mayor, y al no serlo, el acreedor obtiene un enriquecimiento injusto con la plusvalía, o por lo menos con una parte de la misma.
ENRIQUECIMIENTO INJUSTO.- ADJUDICACIÓN VIVIENDA EN SUBASTA A MITAD DEL PRECIO OBTENIDO EN VENTA POSTERIOR
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2016-04-26T09:46:34+00:00
26 abril, 2016|Categorías: Sin categoría|Comentarios desactivados en ENRIQUECIMIENTO INJUSTO.- ADJUDICACIÓN VIVIENDA EN SUBASTA A MITAD DEL PRECIO OBTENIDO EN VENTA POSTERIOR
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