La Audiencia Provincial de Alicante en sentencia de 5 de octubre de 2.002 entiende que aún cuando no exista renovación en el cargo, se ha de entender que continua el Presidente en tal cargo, pudiendo así continuar representando a la comunidad de Propietarios en juicio y fuera de él.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: DURACIÓN Y PRÓOROGA TÁCITA DEL CARGO
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2016-01-13T10:22:18+00:00
13 enero, 2016|Categorías: Propiedad Horizontal|Comentarios desactivados en EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: DURACIÓN Y PRÓOROGA TÁCITA DEL CARGO
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