Se ha declarado inconstitucional el precepto 454 bis de la LEC, y mientras no se modifique la legislación, el recurso judicial procedente frente a los Decretos del Letrado de la Administración de Justicia resolutivo de la reposición ha de ser el directo de la revisión regulado en el propio art. 454 bis de la LEC
INCONSTITUCIONAL ART. 454 BIS LEC.- RECURRIBILIDAD DECRETOS L.A.J.
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