Para evitar el bloqueo de sociedades sería bueno incluir en los Estatutos unas normas que contemplaran que el Presidente del Consejo o cualquier otro Consejero tengan un voto dirimente en caso de que se produzcan situaciones de bloqueo; o que se nombre un Consejero Delegado en el que se deleguen las decisiones principales de la sociedad, excepto aquellas legalmente indelegables.
También puede ser útil pactar en los Estatutos que en caso de bloqueo, el socio que emite la declaración de bloqueo tenga derecho a instar su separación de la sociedad.
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