El T.S. en sentencia de fecha 17 de marzo de 2014 declara que el hecho de recibir una herencia es una circunstancia que en principio no es previsible, sino sobrevenida, susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión, y como tal determinante de su modificación o extinción.
EXTINCIÓN DE PENSIÓN COMPENSATORIA POR RECIBIR HERENCIA
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2014-06-11T09:45:25+00:00
11 junio, 2014|Categorías: Familia|Comentarios desactivados en EXTINCIÓN DE PENSIÓN COMPENSATORIA POR RECIBIR HERENCIA
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