La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, en Resolución de fecha 26 de junio de 2.103, ha fijado el tipo legal de interés de demora en operaciones comerciales a aplicar durante el segundo semestre de 2.013 en el 8,50 %.
INTERÉS DE DEMORA EN OPERACIONES COMERCIALES
Por Fernando Aztaraín Fernández|
2013-07-01T13:30:05+00:00
1 julio, 2013|Categorías: Procesal|Comentarios desactivados en INTERÉS DE DEMORA EN OPERACIONES COMERCIALES
Acerca del autor: Fernando Aztaraín Fernández
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