La Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de la Sección 24, de fecha 20 de septiembre de 2.012, se inclina por el carácter temporal de la atribución del uso de la vivienda familiar, respetando la minoría de edad de los hijos, porque así se evita una mayor carga para el cónyuge privado del uso que sigue pagando la hipoteca, lo que supone un reparto más equitativo de los bienes y las cargas